Últimas noticias

Publicidad

Hilario Adorno, se “hace del tonto” y desafía a la justicia

El intendente de Puerto Casado, el colorado-cartista, Hilario Adorno Mazacote, hermano del diputado José Domingo Adorno (también denunciado por millonarios hechos de corrupción, investigado por lesión de confianza fue apartado del cargo por la Justicia. Tiene prohibido acercarse a 500 m. de la municipalidad, sin embargo se “hace del tonto” y abrió una oficina a metros de la sede en un tinglado burlándose de la disposición judicial, pese a que fue nombrado un encargado de despacho.

El Tribunal de Apelación en lo Penal del Fuero Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, Primera Sala, ha dictado el/la “auto interlocutorio” N°: 30. Esto es referente en los autos caratulados: “Hilario Adorno Mazacote s/lesión de confianza (Ley N°6379) superior a 5500 jornales.

La denuncia fue presentada por los concejales municipales de Puerto Casado Virgilio Chamorro Quintana y Domingo Arnaldo Vera Mendoza, quienes piden el cobro de sus emolumentos en concepto de dietas y gastos de representación. Refieren que Adorno les adeuda los meses de marzo a diciembre de 2023.

El Tribunal emplazó al intendente de Puerto Casado a que arbitre los medios administrativos necesarios para su cumplimiento, en plazo de 10 días de quedar firme y ejecutoriada la presente resolución.

En ese orden las medidas cautelares dictadas por el juzgado Penal de Garantías, se debe tener en cuenta lo dispuesto en el art. 245 inc. 5 el cual establece: “5) La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o visitar determinados lugares”. También se debe tomar en consideración lo dispuesto en el art. 244 inc.2° del Código Procesal Penal el cual funda los requerimientos necesarios para determinar el peligro de obstrucción de un acto concreto de la investigación teniendo en cuenta que en la causa donde se le acusa.

Asimismo, el acusado podría influir en los testigos y denunciantes de la presente causa ya que el mismo fungía como ordenador de gastos en la Municipalidad de Puerto Casado, y por esa razón el Tribunal entiende que el Juzgado Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos Segundo Turno ha obrado correctamente al ampliar la medida cautelar imponiendo la prohibición de acercarse a 500 metros de la Municipalidad de Puerto Casado, a los efectos de garantizar la sujeción del acusado al debido proceso en el siguiente estadio procesal oportuno.

Por los fundamentos expuestos el Tribunal de Apelación coincide plenamente con la argumentación contenida en el A.I N° 154 de fecha 10 de mayo de 2024 por el cual el Juez Penal de Garantía Especializado en Delitos Económicos Segundo Turno decreta la medida alternativa a la prisión preventiva de: “La prohibición de acercarse a 500 metros de la Municipalidad de Puerto Casado” por lo que justifica la medida cautelar impuesta al mismo, en razón a la necesidad de la presencia del imputado y aun se precisa de la sujeción del mismo al presente proceso penal.

No obstante la misma deberá cesar una vez que deje de ser indispensable a dicho fin, pudiendo requerirse la sustitución por otra medida menos gravosa conforme lo dispone la ley.

Se burla de la justicia

El apartado intendente de Puerto Casado, Hilario Adorno, burlándose de la justicia abrió una oficina paralela en la ciudad, donde actúa ilegalmente como jefe comunal, pese a hay que ya fue nombrado un encargado de despacho mientras se finiquite el proceso. 

Adorno dictó su propia resolución y estableció: La intendencia Municipal de Puerto Casado para asegurar el servicio a la comunidad y el cumplimiento de sus fines constitucionales legales debe asegurar una forma de atención permanente por parte del intendente municipal que es el administrador general del municipio.

Que, el artículo 51 de la ley 3966 Orgánica Municipal establece que el intendente municipal ejerce la representación legal de la municipalidad, promulgar las ordenanzas y resoluciones, cumplirlas y reglamentarlas, o en su caso, rechazarlas, ejecutar el presupuesto municipal, efectuar adquisiciones, contratar obras y servicios, y otras, todas esenciales para la existencia misma de la Municipalidad y asegurar las prestaciones de los servicios a la comunidad.

Sin embargo, se olvidó que él fue apartado del cargo y no tiene  ningunas de estas atribuciones hasta que la justicia revoque nuevamente la medida que le impuso.